jueves, 2 de octubre de 2014

Pit-Cnt rechaza intervención de la Justicia en caso de ocupación



EL ESTADO DE LAS COSAS
Pit-Cnt rechaza intervención de la Justicia en caso de ocupación
El Pit-Cnt rechaza la intervención de la Justicia en casos de conflictos con ocupaciones o piquetes a empresas porque, "en vez de ayudar, entorpece", dijo el coordinador de la central obrera, Fernando Pereira.
El País / Pablo Meléndrez - jue oct 2 2014
Con el anuncio de los candidatos de la oposición de que modificarán la normativa sobre las ocupaciones de los lugares de trabajo, un fallo de la Justicia civil contra un piquete en la planta de etanol de la empresa Alcoholes del Uruguay (ALUR) en Paysandú volvió a poner el tema en la campaña electoral.
Ayer, el candidato del Partido Colorado, Pedro Bordaberry, reafirmó que de ser electo presidente derogará el decreto sobre las ocupaciones aprobado durante el gobierno que encabezó entre 2005 y 2010 el actual postulante del Frente Amplio, Tabaré Vázquez.
"El derecho a la huelga es constitucional y lo vamos a defender siempre, pero si incluimos en el derecho de huelga la ocupación o el piquete se impide el derecho a trabajar. Va a ser derogado porque es inconstitucional", afirmó Bordaberry en un almuerzo de la Asociación de Dirigentes de Marketing, ADM. (Ver página A7).
El candidato del Partido Nacional, Luis Lacalle Pou, también anunció que dejará sin efecto ese decreto. "El primer día de gobierno vamos a derogar el decreto que habilita las ocupaciones", dijo Lacalle Pou cuando hace un año presentó su equipo de gobierno.
El lunes pasado, el Tribunal de Apelaciones Civil de 5° Turno confirmó un fallo de primera instancia que ordenó levantar un piquete instalado en la planta de etanol de ALUR en Paysandú, que está en proceso de construcción.
La medida sindical fue llevada a cabo por trabajadores de la empresa Saceem, pero afectó a obreros de la compañía Teyma que también trabajan en el lugar y por eso recurrieron a la Justicia.
La resolución judicial calificó la medida sindical como "intempestiva" y cuestionó la "intolerancia" de quienes la promovieron, ya que "podían haber ejercido su derecho con piquete u ocupación parcial, sin afectar los derechos de trabajadores de otras empresas también convocadas a la obra".

Justicia, sí.

El ministro de Trabajo, José Bayardi, dijo a El País que comparte el fallo judicial y señaló que está de acuerdo con que las partes recurran a la Justicia cuando se produce un "conflicto de intereses", en este caso entre empleados de una empresa en conflicto que no permitían desempeñar su función a obreros de otras compañías.
"Cuando hay un conflicto entre dos derechos (el de los trabajadores de una empresa que instalaron el piquete y los de otra empresa que no estaban en conflicto) es obvio que siempre hemos dicho que se vaya por la vía del recurso de amparo ante el Poder Judicial, que es lo que permite solucionar este tipo de situaciones", dijo el ministro de Trabajo.
Bayardi recordó que desde el MTSS se les había advertido a los trabajadores en conflicto que "no podían impedir el ingreso de empleados de otras empresas que no estaban en conflicto". Así, señaló que la resolución judicial busca defender "al colectivo de trabajadores de otras empresas que querían trabajar".
"El Ministerio de Trabajo no deja de actuar, pero no tiene la facultad de hacer desalojar porque las garantías para eso la tiene que dar el ámbito con potestad jurisdiccional", dijo Bayardi.
De todos modos, el ministro aclaró que eso no implica que el MTSS "deje de actuar" en estos casos, ya que la secretaría de Estado siempre intenta desplegar acciones de mediación "en busca de no llegar a situaciones de conflicto y tensión".

Justicia, no.

En tanto, desde el Pit-Cnt existe una visión contraria a la de Bayardi y se considera que no es bueno que el Poder Judicial actúe ante conflictos sindicales.
En tal sentido, el dirigente sindical Fernando Pereira, uno de los coordinadores de la central obrera, se manifestó en contra de que la Justicia intervenga en situaciones de conflictos, y reivindicó el valor de la negociación para buscar soluciones. "Un conflicto no va a terminar ni a empezar por una decisión del Poder Judicial", expresó Pereira ayer a El País.
"Yo soy de los que cree que la judicialización de los conflictos le hace mal a las relaciones laborales", agregó el coordinador del Pit-Cnt.
"A mí me da garantía que las relaciones laborales sean de parte. Los tribunales no tienen por qué conocer el mundo de trabajo y la cultura de la negociación. A la Justicia se la está metiendo en demasiados temas", argumentó Pereira, para quien hay casos en los que la actuación de la Justicia "en vez de ayudar entorpece".
"Es muy difícil concentrar a varias empresas en un mismo lugar de trabajo, salvo en enormes construcciones. Y por eso estas situaciones pueden pasar, por lo que los conflictos se deben luchar y se deben administrar", afirmó Pereira.
Por su parte, el presidente del Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos (Sunca), Faustino Rodríguez, al ser consultado ayer por El País, dijo que el gremio todavía no fue notificado del fallo, y por esa razón prefirió no hacer comentarios hasta no analizar el tenor de la sentencia con los abogados del sindicato.
"Tuvimos la posibilidad de apelar y ahora nos salió un fallo negativo, pero veremos con nuestros asesores cuáles son los pasos a seguir", comentó Rodríguez, quien indicó que el conflicto con Saceem en ALUR ya fue solucionado.

Fallo confirma la jurisprudencia


El abogado laboralista Nelson Larrañaga, socio del estudio Ferrere, dijo que la sentencia dictada el lunes 29 de septiembre por el Tribunal de Apelaciones Civil de 5° Turno contra el piquete en la planta de ALUR en Paysandú "confirma la posición unánime de la jurisprudencia", y señaló que en los últimos años se han dictado casi 30 resoluciones en ese sentido.
En tanto, el abogado laboralista Enrique Radmilovich, socio del estudio Hughes & Hughes, dijo: "En este caso, la sentencia de forma contundente sostuvo que la ocupación vulneró sin duda alguna la libertad de trabajar garantizada constitucionalmente a los promotores del amparo, mereciendo el derecho a trabajar tanta protección como el de los ocupantes. Si los ocupantes ejercen su derecho impidiendo totalmente que los promotores del amparo puedan ejercer su derecho al trabajo, entonces su conducta es ilegítima".
Por su parte, el abogado Leonardo Slinger, del estudio Guyer & Regules, destacó que lo relevante de la sentencia del Tribunal de Apelaciones Civil de 5° Turno en el caso de ALUR Paysandú es que "ratifica la protección del derecho al trabajo de quien no quiere adherir a una medida gremial", como es el caso de la ocupación o un piquete en el lugar de trabajo.
http://www.elpais.com.uy/informacion/pit-rechaza-intervencion-justicia-ocupacion.html

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