lunes, 23 de febrero de 2015

IMM puso 111 multas a empresas por mala disposición de residuos



El control Se realiza desde 2013 a través de Zona limpia y por la Ley de Faltas

El Observador / 23.02.2015, 05:00 hs 

Los contenedores son para residuos domiciliarios, no para que ponga (la basura) la panadería o el kiosco”. Así se refirió la intendenta de Montevideo, Ana Olivera, entrevistada en diciembre por El Observador TV acerca del problema de limpieza en la ciudad, lo que afirmó, ya no es ocasionado por los clasificadores sino por los vecinos y empresas que hacen un mal uso de los contenedores.

Ese problema fue relevado en el Plan Director de Limpieza que se planteó la IMM en 2011, pero recién desde 2013 y con el establecimiento del programa Zona limpia -que cuenta con personal de Inspección General, además de operadores ambientales- se comenzó a controlar. 

Según datos que maneja la intendencia, desde esa fecha a lo que va de 2015, la División de Limpieza y la Secretaría General de la IMM aplicaron un total de 111 multas a empresas por hacer una mala disposición de sus residuos, que al ser considerados como no domiciliarios, deben tener un tratamiento especial. 

Por su parte, Secretaría General aplicó 60 multas en 2013 y 40 en 2014, cuyos montos varían desde 1 UR ($770) a 350 UR ($269.500). Desde la dirección Limpieza se realizaron las 11 restantes, 6 en 2014 y 5 en 2015, todas ellas por un monto de 10 UR ($7.700).

Si bien los casos por los que se aplican esas multas son muy amplios, en general se imponen a generadores públicos y privados de residuos sólidos que los disponen en lugares no autorizados. Es que según afirmó Olivera en diciembre a El Observador TV, de los 30 mil comercios que hay en la ciudad de Montevideo, solo 13 mil tienen contratado el servicio especial que proporciona la IMM para ese tipo de basura, dentro de los que se consideran, según la normativa departamental de Montevideo, los residuos generados por actividades industriales, comerciales, sociales, sindicales, así como las de reformas reparaciones o las generadas por actividades de jardinería y poda, entre otras. 

Cada generador no domiciliario tiene que tener un Plan de Gestión de sus residuos y dar una declaración jurada acerca de qué basura genera.

Además, se aplican multas a quienes se encargan de transportar esos residuos, por disponer “inadecuadamente los residuos de sus contratantes” o por no cumplir con los requisitos que dispone para ello la IMM, como es por ejemplo el estar inscripto en el sector de Contralor de Servicios de Volquetas, y para lo que se aplica una multa de entre 50 y 350 UR. 

También se imponen multas, según el Decreto 35.337, cuando las declaraciones son falsas, si los resultados obtenidos de las muestras de los residuos “no se corresponden” con lo declarado al Servicio de Evaluación Ambiental, o por “cualquier otra conducta que contravenga la normativa aplicable”. Por otra parte, según el Decreto 34.205, además de las sanciones la IMM puede llegar a la clausura de los establecimientos si se contraviene la reglamentación.
Sanciones a personas


En cuanto a las personas físicas, que también disponen sus residuos no domiciliarios en los contenedores comunes, se comenzaron a sancionar a partir de la Ley de Faltas y conservación de los espacios públicos.


Según aseguró a El Observador el director de Desarrollo Ambiental de la IMM, Juan Canessa, desde esa división se han enviado alrededor de un centenar de peticiones a Asesoría Jurídica para que sean derivadas al juzgado de faltas, y a pesar de que muchas veces se trata de personas que, por ejemplo, no cuentan con cédula, la aplicación de esta Ley ha sido un buen mecanismo de contralor de las personas, a quienes las intendencias no tienen mecanismos para multar con facilidad en esa materia. 

A esas cien personas derivadas de Limpieza, deben sumarse otras 55 denuncias, realizadas desde la creación de la Ley en agosto de 2013 hasta enero de 2014, por la Secretaría General de la intendencia.

Las causas por las que las personas físicas son multadas se corresponden en su mayoría con la generación de residuos por reformas y reparaciones de casas o habitaciones, o por actividades de jardinería y poda que se depositan en contenedores cuando se debería solicitar el servicio de la intendencia, que no tiene costo. En el primer caso, son multados quienes dispongan residuos mayores a los 100 litros mensuales y en el segundo, cuando los residuos superen los 400 litros mensuales.
http://lascotidianasdeenrique.blogspot.com

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