By OPSur on 14/04/2015 13:47 /
Entrevistada por Radio Kalewche, la abogada Silvia de
los Santos explicó lo que implica que la justicia haya hecho lugar al recurso
de amparo presentado ante la explotación del pozo de petróleo no convencional
en El Trébol operado por YPF. ”El tema del agua ha sido vital, porque la
jueza ha tenido en cuenta la carencia de agua en la zona. Y si además le
sumamos la potencial contaminación segura con el tiempo, entonces ella dijo que
había que preservar la salud de las personas”, explicó la abogada. El informe
redactado por el perito Roberto Ochandio fue fundamental según señala de los
Santos; “el perito fue determinante sobre que el riesgo es cierto, la
contaminación se va a producir ya sea inmediatamente o con el tiempo. No
existen medidas de seguridad que permitan garantizar que el agua no se vaya a
contaminar, el perito fue categórico en esto y la defensa no pudo demostrar lo
contrario“
El hecho tiene un impacto particular teniendo en
cuenta que fue inaugurado por la Presidente Cristina Fernández en el
2013. ”Este pozo iba a ser el primero en la zona, el otro es en La Greta,
que también está suspendido de manera cautelar. Obviamente es una
sentencia que tiene implicancias a nivel país por la política de extracción de
hidrocarburos no convencionales que se lleva adelante por parte de YPF
y Nación”, sostuvo la abogada, agregando que con estos antecedentes esperan
tener el mismo resultado en el pozo La Greta en la zona de Río Mayo.
“Hay preocupación, porque estamos hablando de petroleo
y somos una ciudad petrolera. lo cierto es que con el tiempo nos damos cuenta
que ciertas actividades son mas dañinas que beneficiosas”, concluyó la de los
Santos.
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Por un fallo
judicial, YPF deberá suspender la actividad en un pozo de Chubut
Un representante del pueblo mapuche
presentó un amparo argumentando que ponía en riesgo las napas de agua.
Iris Pacheco, titular del Juzgado Laboral N° 2 de
Comodoro Rivadavia (Chubut), hizo lugar al amparo presentado por la explotación
del pozo de petróleo no convencional (fracking) denominado El Trébol de YPF. La
empresa deberá suspender las operaciones en ese sector. El pozo está ubicado a
20 kilómetros del centro de la ciudad. El gobierno de Chubut puede apelar la
medida
El recurso de amparo lo presentó Marcelino
Pintihueque, del pueblo mapuche, patrocinado por la abogada comodorense Silvia
de los Santos. En esta determinación jugó un rol determinante el informe del
perito de oficio Roberto Ochandio -designado por el Juzgado- que plantea que la
fractura hidráulica pone en riesgo las napas de agua. El argumento de que
existe separación entre las capas acuíferas y las capas gasíferas es falso,
según la presentación.
La principal argumentación de Ochandio coincidió con
la del perito de “parte”, judicialmente un consultor técnico de la parte
demandante, el ingeniero en Petróleo y master en Evaluación de impacto
ambiental y energías alternativas -entre otras cosas- Eduardo D’Lía. Cabe
recordar que Ochandio había sido cuestionado por el Gobierno de Chubut al
indicar que no tenía como especialidad la explotación petrolera Pero el
mencionado es geógrafo y cuenta con más de 30 años de experiencia como
trabajador petrolero.
Sobre el fallo, De los Santos indicó que la Justicia
consideró que “el pozo no tenía garantías necesarias para no vulnerar el
ambiente y que está acreditada la afectación directa del agua hasta que se
demuestre lo contrario, pero no existe tecnología en el mundo que evite la
contaminación del agua y el aire”.
El pozo fue inaugura con un gran acto en mayo del año
pasado en el lugar, al que asistieron el CEO de YPF Miguel Galuccio y el
gobernador K de Chubut Martín Buzzi. En su momento ambos desestimaron que el
pozo ponga en peligro las napas de agua. Ahora la justicia opinó lo contrario y
las actividades fueron suspendidas.
Fuente: OPSur / Clarín
http://lascotidianasdeenrique.blogspot.com
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